En resumen
La pensión alimenticia puede aumentarse o reducirse cuando cambian las necesidades del hijo o la capacidad económica de quien paga. Se pide al mismo juez que la fijó, mediante un incidente, con prueba actual de ingresos y gastos. Mientras el juez no resuelva, rige la pensión vigente.
Cuándo procede
La resolución que fija alimentos no causa ejecutoria definitiva: puede revisarse cuando cambian las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarla (Código de la Niñez y Adolescencia, título del derecho a alimentos). Los casos más comunes:
- Aumento: nuevos gastos del hijo (estudios, salud, discapacidad), o aumento de ingresos de quien paga.
- Rebaja: pérdida de empleo, reducción comprobada de ingresos, nuevas cargas familiares de quien paga.
La pensión se calcula con la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, que se actualiza cada año, según los ingresos de quien paga y el número y edad de los hijos.
Qué pruebas presentar
- Ingresos actuales: roles de pago, mecanizado del IESS, declaraciones de impuesto a la renta o facturación.
- Gastos del hijo: matrículas y pensiones escolares, certificados médicos, recetas y facturas.
- Hechos nuevos: acta de finiquito o aviso de salida si hubo despido, partidas de nacimiento si hay nuevas cargas.
El juez decide con prueba, no con afirmaciones. Un incidente sin documentos actualizados suele terminar confirmando la pensión anterior.
Cómo se tramita
El incidente se presenta ante la unidad judicial que conoce la causa de alimentos, en el mismo proceso. Se convoca a una audiencia en la que ambas partes presentan su prueba y el juez resuelve.
Mientras tanto, la pensión vigente debe pagarse completa. Dejar de pagar a la espera de la rebaja genera deuda acumulada y, si se adeudan dos o más pensiones, puede dar lugar a apremio personal (COGEP art. 137).
Si quien paga vive en el exterior
Es frecuente en el Austro que el alimentante resida en Estados Unidos o en España. El proceso se sigue en Ecuador; quien vive fuera puede comparecer mediante un poder otorgado en el consulado o apostillado, y participar en audiencias de forma telemática cuando el juez lo autoriza.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto se puede pedir el aumento de la pensión?
Cuando cambian las circunstancias que se consideraron al fijarla. No hay un plazo fijo, pero hay que probar el cambio.
¿Me pueden bajar la pensión si perdí el trabajo?
Sí, si lo prueba y el juez lo acepta. Hasta que el juez resuelva, debe seguir pagando la pensión vigente.
¿La pensión sube sola cada año?
La Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas se actualiza anualmente. Para un cambio distinto de esa actualización hay que pedir el incidente.
¿Su caso tiene un plazo corriendo?
La primera sesión estratégica es sin costo. Escríbanos y un abogado revisa su situación.
Información general sobre la norma vigente a la fecha de actualización. No constituye asesoría legal ni crea relación abogado-cliente: cada caso exige análisis particular.